Hace unos años la pandemia generada por el Covid 19 nos conllevó hacia un cambio significativo en la forma de ejecutar nuestras actividades laborales y talento humano, dando como resultado una normativa enfocada hacia la nueva manera de trabajar.
La ley 31572, más conocida como ley de teletrabajo, ha presentado su cuarta disposición con el fin de dictar una reglamentación más específica que logre que entidades y colaboradores tengan una correcta implementación en la modalidad de teletrabajo.
En este artículo, junto a Alma Consultores, conoceremos más sobre el reglamento del teletrabajo en el Perú y su aplicación en la Gestión de Talento Humano.
Formalidades del teletrabajo
Todos aquellos empleadores deberán cumplir con sus colaboradores bajo las siguientes formalidades:
- Provisión de equipos, servicio a internet y consumo de energía eléctrica; compensación de gastos cuando sean asumidos por su colaborador.
- Determinar una jornada laboral y horario de teletrabajo, especificando que el horario de desconexión digital tiene que ser como mínimo 12 horas continuas en un rango de 24 horas.
- Evaluar el sistema de seguridad y salud en el trabajo, reconociendo los riesgos a través de visitas en el área ocupacional u opcionalmente, a través de un formulario de autoevaluación.
- Dictar las capacitaciones realizadas en materia de uso de aplicativos y plataformas para el correcto desarrollo laboral, seguridad, salud en el teletrabajo y confianza digital.
Provisión de equipos y reparación de gastos en el sector privado
El nuevo reglamento determina que tanto los equipos electrónicos, el servicio de internet y consumo eléctrico son proporcionados por la empresa privada, a no ser que se acuerde que estos sean previstos por el teletrabajador. De ser ese el caso, se aplicarán las siguientes normativas:
- Si el equipo es proporcionado por la empresa privada: El empleador tiene que verificar las características técnicas de los equipos asignados y también realizar el mantenimiento a todos sus medios digitales.
- Cuando la empresa proporciona bienes muebles: El colaborador es responsable de su correcta conservación y resguardo, así como el uso exclusivo para las actividades laborales.
Derecho a la privacidad e inviolabilidad de las comunicaciones
Los empleadores deben crear un buen clima laboral, por ello, están impedidos de:
- Ingresar digitalmente a documentos y comunicaciones, ya sean con motivo de trabajo u otra índole, sin previa autorización del teletrabajador.
- Grabar la voz o imagen del teletrabajador sin previa autorización de este.
- Acceder al lugar donde se está realizando el teletrabajo sin consentimiento del teletrabajador.
- Gestionar cualquier mecanismo de coordinación, control o supervisión que afecte la intimidad o privacidad de las comunicaciones, así como documentos del teletrabajador.
Capacitación obligatoria para el teletrabajador
La empresa privada debe brindar capacitaciones a sus talentos humanos (colaboradores). Estas pueden ser de forma digital, presencial o híbrido sobre estas materias:
- Uso de las plataformas digitales a utilizar durante el teletrabajo.
- Salud y seguridad en el teletrabajo
- Prevención de hostigamiento sexual laboral
- Uso de medios digitales en medida de protección de datos, tanto personales como de confianza digital.
Ahora ya conoces parte de la ley de trabajo para las empresas en el Perú que te permitirán ofrecer una mejor Gestión de Talento Humano en tu organización y así alcanzar los objetivos establecidos.
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